Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©. "Leyes desde 1992 - Vigencia Expresa y Sentencias de Constitucionalidad". ISSN [1657-6241 (En linea)] Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024) Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación.. Artículo 64 del Código Civil. Código Civil Federal. Podrá reconocerse al hijo incestuoso. Los progenitores que lo reconozcan tienen derecho de que conste su nombre en el acta; pero en ella no se expresará que el hijo es incestuoso. art 64 cc. Código Civil Federal.

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